La nueva Ley de creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT), derogará la Ley especial de agilización de trámites para el fomento de proyectos de construcción.
La Ley de la DOT ha sufrido varias modificaciones en la Asamblea Legislativa pero su última actualización incluye a las alcaldías en el destino de los fondos y a la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) en el Consejo Directivo.
La nueva DOT estará encargada de todo los procedimientos para obtener los diferentes permisos para un proyecto de construcción en áreas superiores a los 250m2, atribución que estará a cargo del gerente técnico de la nueva institución.
La DOT, estará autorizada a obtener préstamos y emitir bonos. Su consejo directivo está facultado a conocer de recursos administrativos y aprobar proyectos estratégicos. Se le prohíbe en su ley de creación, emitir nuevas regulaciones o crear nuevos trámites o cobros para los permisos de construcción.
La Ley de la DOT crea un sistema de administración y autorización de permisos de construcción y lotificaciones que será el encargado de coordinar todos los procesos de licencias ambientales, patrimonio cultural, construcción y parcelación, agua, riesgo y seguridad ocupacional y seguridad contra incendios.
Los usuarios, podrán solicitar todos los trámites, requisitos y cobros en la DOT y se resolverá en una sola resolución, centralizando y agilizando los procesos de licenciamiento.
Por último, es importante mencionar que la DOT crear un Registro de Profesionales de Servicios de Urbanización y Construcción, en donde deben inscribirse todos los técnicos especialistas, profesionales y responsables del diseño y la ejecución de obras de urbanización y construcción, encargados de estudios de impacto ambiental, arqueología, paleontología y patrimonio edificado. Realizar cualquier obra sin estar inscrito será una falta grave.
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